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¡Hola de nuevo! En la entrada de hoy vamos a hablar sobre tres temas distintos que nos implican a todos como a todos como ciudadanos de esta sociedad digital. El primero de ellos es la protección de datos y los peligros en la red. En segundo lugar, daremos a conocer las licencias Creative Commons. Por último, comentaremos diferentes consejos que podéis utilizar para realizar buenas fotografías.
Empezando con la primera de las cuestiones: ¿Creéis que estáis protegidos digitalmente en la red? Es muy fácil dar acceso a nuestra información personal sin ser realmente conscientes de ellos y sin saber qué se va hacer con nuestros datos.
Simplemente accediendo a una página web o descargándonos una aplicación, podemos perder el control de quién tiene acceso a nuestra información digital. Cuando te instalas una app ¿Aceptas todos los permisos que solicita para su uso?¿Eres consciente del peligro que supone que una herramienta digital sea gratuita?
Estas son algunas de las vulnerabilidades a las que nos vemos expuestos en el momento de utilizar la red, práctica que se realiza diariamente. Sin embargo, aquellos más afectados son los menores, ya que desconocen las amenazas que supone navegar por Internet y el trato que se hace con sus datos.
Como bien dice el artículo ¿Qué hacen las aplicaciones con toda nuestra información?: “Cuando un niño de 12 años (ó de 8) se descarga una aplicación, está aceptando unas condiciones de uso. Aceptar esas condiciones es como firmar un contrato, en el que recibimos un algo a cambio de otro algo”. No obstante, la protección del tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española.
Según el Gobierno de España la protección de datos se puede definir como “el conjunto de técnicas jurídicas e informáticas encaminadas a garantizar los derechos de las personas sobre el control de su información personal y sobre la confidencialidad, integridad y disponibilidad de esta”.
Asimismo, la protección de datos de menores no solamente se ve afectada por la descarga de aplicaciones online, sinó que también se ve perjudicada mediante la difusión de imágenes sin una autorización. Tal y como dice el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter personal: “El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la Ley disponga otra cosa”.
Con esta reflexión e información que hemos aportado, nos podemos dar cuenta de la importancia de proteger a los menores de los peligros que existen en la red. Además, aparte de preocuparse por la protección de datos, existen muchas más amenazas que acechan de manera preocupante a los más jóvenes. Uno de los riesgos que supone el uso de Internet y las redes sociales es el Grooming. ¿Habéis oído hablar alguna vez de este concepto?
El Grooming o Acoso Sexual se puede definir como el conjunto de actos que lleva a cabo una persona adulta mediante el uso de las TICs para ponerse en contacto con menores, con el fin de manipularlos para así conseguir algún tipo de favor sexual. La existencia de este problema de gran alarma social da lugar a la generación de material pornográfico infantil que los acosadores utilizan para manipular e intimidar a sus víctimas con la finalidad de continuar con los abusos.
Si os interesa y queréis aprender más sobre el Grooming, aquí os dejamos un mapa conceptual de elaboración propia con su definición, consecuencias, el delito que supone, medidas de protección, protocolo de actuación, su relación con otros conceptos, la privacidad y protección de datos, y, por último, una actividad para trabajar este tópico en el aula.
Después de trabajar con el Grooming y otros conceptos relacionados con él, nos surgieron muchas dudas acerca de cómo tratar este problema presente en la sociedad actual y su trato dentro de las aulas. ¿Debemos trabajar estos temas con nuestros alumnos desde una edad temprana? ¿Cómo actuaríamos si encontráramos un caso de grooming en nuestra clase? ¿Existe formación docente para tratar con los ciberdelitos dentro de las aulas?
En relación con la primera cuestión que nos hemos planteado, consideramos que los temas relacionados con los ciberdelitos, como es el caso del grooming, deben ser tratados en las aulas lo más pronto posible. Cuando más informados y conscientes sean nuestros alumnos/as sobre todos los peligros existentes en la red, más sencillo será su prevención y detección cuando se den.
Aunque existen tópicos que pueden parecer complejos para los niños/as, los docentes tenemos a nuestra disposición una gran cantidad de recursos con los que podemos reforzar la enseñanza de amenazas como el sexting, el ciberacoso, la sexortorsión… Todos estos problemas que a veces nos pueden resultar lejanos, existen, y cada vez están más presentes en la sociedad y en las escuelas. Por este motivo, creemos que el trato con estos temas debe ser abierto, para así crear alumnos críticos que estén informados y sean capaces de identificar estos delitos.
Por otra parte, además de ser capaces de transmitir estos conocimientos a nuestros estudiantes, también debemos saber actuar enfrente del grooming o cualquier otro ciberdelito. Si hubiera un caso de grooming en nuestra aula, pensamos que lo más importante es ofrecer apoyo emocional al alumno/a que está pasando por esta situación. Asimismo, la coordinación y contacto con las familias es otro de los aspectos que consideramos esencial para poder poner fin a este problema, ya que estas son las personas más cercanas al niño/a y que más ayuda pueden necesitar.
Dando respuesta a la tercera pregunta, desde nuestro punto de vista la formación que reciben los docentes acerca de los peligros de la red es escasa, por lo que a veces resulta complicado abordar estas problemáticas dentro del aula. Como futuras maestras consideramos que para poder tratar y dar respuesta a los diferentes ciberdelitos que existen, nuestra formación en estos tópicos debería ser más amplia, ya que estos son un problema que genera una gran alarma social y al que no se le está dando la suficiente importancia.
En conclusión, a través de esta investigación acerca de la protección de datos de los menores y todos los peligros que acechan a los niños/as en Internet, creemos que es alarmante la cantidad de ciberdelitos que se producen a día de hoy. Por este motivo, creemos que los maestros/as deben estar formados y preparados para poner freno a estos problemas y saber reaccionar frente a estas circunstancias que afectan a los más jóvenes. Todavía existe un gran desconocimiento acerca de estos temas, pero si todos hacemos un pequeño esfuerzo, quizá las futuras generaciones no se tengan que preocupar por ellos.
Como hemos dicho anteriormente, también os vamos a hablar de las licencias Creative Commons. Según Vercelli y Marotias (2007) “Creative Commons [www.creativecommons.org] es una organización no gubernamental [ONG] sin fines de lucro que busca reestablecer un equilibrio entre los derechos de los autores, las industrias culturales y el acceso del público a las obras intelectuales, la cultura y el conocimiento.”
Mediante esta herramiento los creadores y creadoras de contenido pueden determinar los derechos de autor de la información que publican. En estas licencias los autores pueden incluir condiciones que el resto de personas que acceden a su contenido tienen que cumplir.
Existen diferentes licencias como bien se indica en la página web de Creative Commons:
Reconocimiento, BY: esta licencia permite que los demás la distribuyan, modifiquen, adapten… Incluso puede ser utilizada con un fin comercial, siempre y cuando se de crédito al autor.
Reconocimiento-CompartirIgual, BY-SA: está permitido utilizar la obra comercialmente, siempre que se reconozca la autoría y se utilice en las nuevas versiones el mismo tipo de licencia.
Reconocimiento-SinObraDerivada, BY-ND: esta licencia puede ser usada por otros para cualquier propósito, pero no se puede compartir de forma adaptada y siempre dando crédito al autor original.
Reconocimiento-Nocomercial, BY-NC: esta licencia permite que los demás la distribuyan, modifiquen, adapten… Sin embargo, no puede ser utilizada de manera comercial.
Reconocimiento-Nocomercial-CompartirIgual, BY-NC-SA: esta licencia permite que los demás la distribuyan, modifiquen, adapten… Sin embargo, no puede ser utilizada de manera comercial y sus nuevas creaciones deben utilizar una licencia idéntica.
Reconocimiento-Nocomercial-SinObraDerivada, BY-NC-ND: solo permite descargar obras y compartirlas, siempre que se reconozca su autoría, sin cambiar su contenido y sin hacer un uso comercial.
Después de conocer un poco más acerca de estas licencias, si fueras creadora de contenido ¿Qué licencia utilizarías? Bajo nuestro punto de vista, esta es una herramienta universal que sirve para poder conocer qué uso puedes hacer de la información que encuentras en la red sin cometer ningún delito. Además, fomenta que se conserven los derechos de autor, así como los deseos que este tiene acerca de su contenido.
En último lugar, vamos a comentar algunos consejos que podéis seguir para realizar fotografías más profesionales y de mayor calidad. Aunque nosotras no somos fotógrafas profesionales, ni mucho menos, después de realizar una informarmos a través de Internet hemos podido conocer algunas técnicas que pueden hacer tus fotos más formales y atractivas.
Primero de todo, nos gustaría destacar que nos ha sorprendido la gran cantidad de recursos que aparecen en la red acerca de la fotografía. Echando un vistazo a varías páginas web y blogs hemos podido aprender técnicas fotográficas y trucos muy sencillos para mejorar nuestra fotografía Por este motivo, vamos a compartir esta información con vosotros.
Aunque hay muchos trucos, el que más útil nos ha resultado a nosotras son las 13 reglas de composición fotográfica, en esta web de José Luis Rodríguez, podrás encontrar claves muy sencillas que van a cambiar mucho la manera de ver y utilizar la fotografía. Además, si os interesa y queréis conocer más acerca de este tema, en su mismo blog podréis encontrar información mucho más detallada y extensa.
Adicionalmente, queríamos destacar la gran cantidad de tutoriales que podéis encontrar en You Tube. A veces, solamente con la información de una página web es complicado poner en práctica un recurso. No obstante, con los vídeos de esta plataforma podréis ver visualmente la manera adecuada de utilizar las cámaras o teléfonos móviles, así como encontraréis muchos más consejos.
Para cerrar este tercer apartado y entrada, queríamos decir que cómo docentes no nos habíamos planteado utilizar dentro del aula la fotografía como una herramienta. Sin embargo, tras esta investigación, hemos concluido que este es un arte que puede ayudar a los niños a comprender el mundo de otra manera y también les puede ayudar a expresarse. Por tanto, introducir la fotografía en el aula sería una situación de aprendizaje lúdica que nos puede permitir conocer mejor a nuestro alumnado.
BIBLIOGRAFÍA:
Agencia Española de Protección de Datos (2009). Informe 0194/2009 https://docplayer.es/4124015-Gabinete-juridico-informe-0194-2009.html
Confederación Hidrográfica del Júcar, O.Am Preguntas frecuentes protección de datos personales.(s.f.). https://www.chj.es/es-es/ciudadano/Atencionalciudadano/Paginas/Preguntasfrecuentesprotecci%C3%B3ndatospersonales.aspx
Creative Commons Corporation. Comparte tu trabajo. [Internet]. California: Creative Commons; 2020. Disponible en: https://creativecommons.org/about/platform/
de Santisteban, P., & Gámez-Guadix, M. (2017). Online grooming y explotación sexual de menores a través de internet. Revista de Victimología/Journal of Victimology, (6), 81-100.
Educalike, G. C., & dice:, D. G. D. M. (2021, Enero 20). ¿Qué hacen las aplicaciones con toda nuestra información? kids and teens online. Recuperado de: ¿Qué hacen las aplicaciones con toda nuestra información? – kids and teens online
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Boletín Oficial del Estado. No. 294: https://www.boe.es/buscar/pdf/2018/BOE-A-2018-16673-consolidado.pdf
PantallasAmigas. (2021, 13 septiembre). Memoria Fiscalía General del Estado, Aumentan los delitos de grooming, ciberdelitos y los delitos de odio. PantallasAmigas. https://www.pantallasamigas.net/memoria-fiscalia-general-estado-delitos-grooming-ciberdelitos-delitos-odio/
Vercelli, A., & Marotias, A. (2007). Guía de licencias Creative Commons. Consultado en Enero, 26, 2011.
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